Hasta el 31 de agosto de 2026 se encuentra abierto el período para solicitar la exoneración de la Contribución Inmobiliaria destinada a jubiladas, jubilados, pensionistas y beneficiarios de pensiones por invalidez o jubilaciones por incapacidad total que cumplan con los requisitos establecidos por la normativa departamental.
El beneficio alcanza a quienes sean propietarios, poseedores o titulares habilitados de un inmueble que constituya su vivienda habitual y que, además, sea su única propiedad en todo el país.
Las solicitudes pueden realizarse desde el 1 de junio al 31 de agosto de 2026 en cualquiera de los Centros Comunales Zonales, mediante la modalidad de atención definida por cada dependencia.
¿Quiénes pueden acceder?
Podrán solicitar la exoneración quienes:
- Sean jubiladas/os o pensionistas.
- Habiten el inmueble por el que solicitan el beneficio.
- Tengan una única propiedad en todo el país.
- Integren un núcleo familiar cuyos ingresos no superen las 5 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC), equivalentes a $34.320 nominales mensuales.
El beneficio también alcanza a inmuebles gananciales, independientemente de cuál de los cónyuges administre el bien.
Para los casos de jubilación por incapacidad total o pensión por invalidez, los topes de ingresos y valor imponible se incrementan en un 50%.
¿Qué porcentaje se exonera?
La exoneración puede alcanzar:
100% de exoneración
Cuando el valor imponible del inmueble no supera los $1.152.679.
Hasta 50% de exoneración
Cuando el valor imponible se encuentra entre $1.152.679 y $1.729.029, siempre que se cumplan los demás requisitos.
En el caso de jubilaciones por incapacidad total o pensiones por invalidez, estos límites aumentan un 50%.
Casos en los que no corresponde la exoneración
No podrá accederse al beneficio cuando:
- El valor imponible del padrón supera los topes establecidos.
- El inmueble figura como predio baldío.
- El padrón tributa Contribución Inmobiliaria Rural.
- El padrón tiene asociada una actividad comercial o más de una Tasa General.
- Los ingresos del núcleo familiar superan los límites previstos por la normativa.
Documentación necesaria
Para realizar el trámite se deberá presentar:
- Cédula de identidad vigente.
- Recibo de ingresos por pasividad correspondiente a enero de 2026.
- Comprobantes de ingresos del cónyuge, concubino y demás integrantes del núcleo familiar, cuando corresponda.
- Recibo de pago de la Contribución Inmobiliaria 2025.
- Timbre profesional de la Caja de Profesionales Universitarios (valor $270 hasta el 30 de junio de 2026).
Si se solicita por primera vez
- Además de la documentación anterior, deberá acreditarse la titularidad del inmueble mediante alguno de los siguientes documentos:
- Título de propiedad.
- Promesa de compraventa inscripta o con fecha cierta.
- Certificado notarial.
- Constancia actualizada del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), la Agencia Nacional de Vivienda (ANV) o el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MVOT).
Solicitudes retroactivas
Quienes soliciten el beneficio para años anteriores deberán adjuntar también el listado de "Recibos histórico", expedido por el Banco de Previsión Social (BPS).
Casos de invalidez o incapacidad total
Las personas amparadas en el régimen especial deberán presentar documentación emitida por el organismo previsional correspondiente que acredite la condición de pensionista por invalidez o jubilada/o por incapacidad total.
Información importante
Toda la documentación presentada deberá ser legible y estar completa para poder incorporarse al expediente electrónico que dará continuidad al trámite.
Ante dudas o consultas, se recomienda comunicarse con el Centro Comunal Zonal correspondiente o acercarse a las oficinas de atención descentralizada para recibir asesoramiento sobre el proceso de solicitud.
¿Dónde realizar el trámite?
Centro Comunal Zonal 12
Dirección: Plaza Vidiella 5628
Teléfono: (1950) 7012 - (1950) 7490
Correo electrónico: ccz12@imm.gub.uy
Atención al público: Lunes a Viernes de 10 a 16hs / Sábados de 9 a 12hs.
Centro Comunal Zonal 13
Dirección: Av. Sayago 1163
Teléfono: (1950) 7520 - (1950) 7525
Correo electrónico: ccz13@imm.gub.uy
Atención al Público: Lunes a Viernes de 10 a 16hs / Sábados de 9 a 12hs.
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